Qué se trabaja
El curso recorre los incidentes que generan la mayor parte de las reclamaciones y los sitúa en el régimen aplicable. En la carga: mojadura, condensación, contaminación, mermas y diferencias de peso, estiba defectuosa y entrega sin presentación del conocimiento de embarque. En el buque: varada, abordaje, incendio, avería de máquinas, puerto inseguro e inmovilización tras inspección.
El eje normativo son las Reglas de La Haya-Visby, incorporadas al derecho del Reino Unido por el Carriage of Goods by Sea Act 1971, que las reproduce en su anexo. Se trabajan tres piezas. La primera es el catálogo de excepciones del artículo IV.2, con sus apartados (a) a (q): falta náutica en la navegación o en el manejo del buque, incendio sin culpa del transportista, peligros del mar, acto de Dios, huelgas y paros, vicio propio de la mercancía, insuficiencia de embalaje y de marcas, vicios ocultos y la cláusula de cierre del apartado (q) para causas sin culpa del transportista.
La segunda es la limitación de responsabilidad del artículo IV.5(a): sin valor declarado, el límite es de 666,67 unidades de cuenta por bulto o unidad, o de 2 unidades de cuenta por kilogramo de peso bruto, el importe que resulte mayor.
La tercera es el plazo. El artículo III.6 descarga al transportista y al buque de toda responsabilidad salvo que la acción se ejercite dentro del año siguiente a la entrega de la mercancía o a la fecha en que debió entregarse.
Sobre esa base se trabaja la gestión del incidente: protesta, nombramiento de peritos, conservación de pruebas, letter of indemnity, garantías del P&I Club, acuerdos de extensión de plazo y relación con la avería gruesa.
A quién va dirigido
Armadores, fletadores, transitarios con tráfico internacional, departamentos legales y responsables de siniestros y seguros que gestionan reclamaciones sobre documentación en inglés.
Por qué importa
El plazo de un año se consume rápido. Entre la investigación del siniestro, el peritaje y la discusión con el club de P&I, una reclamación puede llegar al límite sin que se haya identificado al demandado correcto y sin acuerdo de extensión por escrito.
La limitación por bulto cambia la cifra en juego según cómo se describa la carga en el conocimiento de embarque. Contenedores, pallets y bultos sueltos arrojan resultados distintos sobre un mismo embarque y sobre el mismo daño.
Programa
- Tipología de incidentes de carga y de buque y prueba inicial
- Excepciones del artículo IV.2: falta náutica, incendio y peligros del mar
- Limitación del artículo IV.5(a): 666,67 por bulto y 2 por kilogramo
- Plazo de un año del artículo III.6 y acuerdos de extensión
- Letter of indemnity, garantías del P&I Club y conservación de pruebas
- Avería gruesa y coordinación con el seguro de carga y de casco
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