Qué se trabaja
El curso fija primero el calendario del Reglamento (UE) 2024/1689, de inteligencia artificial. Los capítulos I y II, con las prácticas prohibidas del artículo 5 y el deber de alfabetización en materia de IA del artículo 4, se aplican desde el 2 de febrero de 2025. La aplicación general arranca el 2 de agosto de 2026. El Reglamento (UE) 2026/1744, de 8 de julio de 2026, publicado el 27 de julio de 2026, trasladó las obligaciones del capítulo III para los sistemas de alto riesgo del anexo III al 2 de diciembre de 2027, y las de los del anexo I al 2 de agosto de 2028.
Se delimita después qué alcanza a un operador logístico. El anexo III incluye en su punto 2 los sistemas destinados a componentes de seguridad en la gestión y el funcionamiento del tráfico por carretera, y en su punto 4 los de empleo y gestión de trabajadores: selección de personal, asignación de tareas según comportamiento o rasgos, y seguimiento y evaluación del rendimiento. El curso trabaja las obligaciones del responsable del despliegue del artículo 26: uso conforme a las instrucciones, supervisión humana por personas con competencia y autoridad, calidad de los datos de entrada cuando se controlan, conservación de registros durante al menos seis meses, e información previa a los representantes de los trabajadores y a los afectados.
El bloque final cruza esas obligaciones con el Reglamento (UE) 2016/679 de protección de datos y con el Reglamento (UE) 2020/1054, que modificó el artículo 8 del Reglamento (UE) 165/2014 para que el tacógrafo inteligente registre automáticamente la posición en los cruces de frontera y en los lugares de carga y descarga.
A quién va dirigido
Dirección de operaciones y de sistemas en empresas de transporte y operadores logísticos, responsables de flota, responsables de cumplimiento y protección de datos, responsables de recursos humanos y abogados de empresa.
No se exige conocimiento técnico. Se trabaja sobre casos de uso habituales: optimización de rutas, telemática de flota, visión artificial en muelle y herramientas de selección de conductores.
Por qué importa
Muchas herramientas ya instaladas en una flota tratan datos de conductores y producen decisiones sobre su trabajo. Esa combinación activa a la vez el régimen de protección de datos y, según la función, el del anexo III.
El calendario está escalonado y cambió en 2026. Situar cada sistema en su categoría y en su fecha permite ordenar el inventario de IA y la documentación antes de que la obligación sea exigible.
Programa
- Calendario del Reglamento (UE) 2024/1689 tras la modificación por el Reglamento (UE) 2026/1744
- Prácticas prohibidas del art. 5 y alfabetización en materia de IA del art. 4
- Anexo III aplicado a logística: punto 2, tráfico por carretera; punto 4, empleo y gestión de trabajadores
- Obligaciones del responsable del despliegue: art. 26, supervisión humana, registros e información a la plantilla
- RGPD y datos de conductores: base jurídica, minimización y evaluación de impacto
- Tacógrafo inteligente: registro automático de posición del Reglamento (UE) 2020/1054
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